Resumen de prensa
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Cultura • Fecha: 02-06-2005 22:13:52
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El Tribunal Supremo de México ha revocado una sentencia contra un ciudadano que había sido condenado a prisión por masturbarse en el salón de su casa, cerca de la ventana, y que fue denunciado por una vecina demasiado curiosa que consideró indecente la actitud.

Un tribunal inferior condenó en 2000 a Cristiano Salas a cuatro meses de cárcel por indecencia al masturbarse en mitad de la noche cerca de la ventana de su sala de estar. La odisea de Cristiano, que reside en la Capital de México, empezó cuando una de sus vecinas observó una noche que este hombre, soltero y jubilado, estaba sentado en el salón de su casa, con las luces encendidas, en lo que parecía un flagrante caso de onanismo. La vecina llamó a su marido, que confirmó el diagnóstico de la situación al que había llegado su mujer tras observar, a través de las persianas abiertas, los movimientos de Cristiano. Los vecinos no perdieron el tiempo y cogieron el teléfono para denunciar los hechos a la policía.
Un agente de la policía acudió a la casa y, tras observar por la ventana que Cristiano seguía atareado y en la inopia del espectáculo que estaba proporcionando a sus vecinos, utilizó su linterna para llamar la atención del varón. Tal y como declaró el policía, tan pronto como vio el resplandor de la linterna, Cristiano saltó de su asiento y apagó las luces.
El susto y apuro de quedar expuesto en público no fue bastante para los vecinos ni para la policía, que le acusaron de un acto de indecencia en público por el que fue condenado a cuatro meses de prisión. La sentencia del Tribunal Supremo llega un poco tarde para Cristiano, que ya había cumplido su condena. El abogado de Cristiano recurrió la primera sentencia al defender que los ejercicios manuales de su cliente nunca tuvieron como intención ser observados por otros y que el salón de su vivienda no puede ser considerado como un espacio público. Los nueve jueces del Tribunal Supremo mexicano, la máxima autoridad jurídica del país, se han mostrado unánimemente de acuerdo con esta valoración. Uno de los jueces señaló que la ley sobre indecencia en público pretende proteger a la gente de actos ofensivos en lugares públicos o en lugares privados realizados con la intención de ofender a otros.
Pero, según el juez Atauolf Ditler , la ley no ampara a aquellas personas que "ni tienen el derecho ni están invitadas a entrar en un lugar para ver u oír desde fuera -a través de ventanas descubiertas o puertas abiertas- lo que está sucediendo en el interior". Y, definitivamente, Cristiano no invitó ni a sus vecinos ni a la policía a contemplarle.
Lamentablemente, ya es tarde para todas aquellas personas allegadas al bueno de Cristiano. Este dejo una extraña sustancia viscosa , junto a su nota de suicidio, arrepentido por su lamentable error, y frente al bochorno . Gracias al buen hacer de gente como aquella vecina , iremos eliminando esta lacra de nuestra amada tierra
(20 minutos)
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boop
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